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Documento BOE-B-2017-28259

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2017, páginas 33785 a 33785 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-28259

TEXTO

Edicto

D. Andrés Prada Horche Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.- Que en los autos seguidos en este juzgado con el número 227/16 (número de identificación 33044 47 1 2016 0000467), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 12 de abril de 2017 auto, que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Coaperti, Sociedad Limitada, B-74295494, con domicilio sito en calle Covadonga, número 32, bajo, de Oviedo.

2.- Se ha nombrado como administrador concursal a D. Francisco de Paula Fernández López quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el articulo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal, el siguiente domicilio postal: calle Uria, número 48- primero A 33003 de oviedo, asi como la siguiente dirección electrónica: coaperti@solucionamediacion.es pudiendo dirigir los acreedores concúrsales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la administración concursal es: de diez horas a catorce horas, de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el dia siguiente a la publicación de este edicto en el Boletin Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la ley concursal.

3. - Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 26 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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