Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-28248

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2017, páginas 33774 a 33774 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-28248

TEXTO

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente se hace saber:

Que en el procedimiento concursal n.º 23/2010 seguidos a instancia del Sr. Procurador don Enrique Alexis Santos Suárez, en nombre y representación de la entidad mercantil Pinturas y Revestimientos Arauz Color's, S.L., con C.I.F.: B35914308, se ha dictado Auto el día 14 de junio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado de D./Dña. PINTURAS Y REVESTIMIENTOS ARAUZ COLORS SOCIEDAD LIMITADA, y el archivo de las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal, dándose.

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Publico Concursal despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación.

Procédase a la publicación de la presente el Registro1 Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda.

La Publicaciones en los Registros Públicos tendrán el carácter de gratuitas.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Y para que sirve de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 5 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid