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Documento BOE-B-2017-26846

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 3 de mayo de 2017, páginas 32001 a 32001 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-26846

TEXTO

EDICTO

EL Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 746/2016, con NIG 1808742M20160000843 por auto de 11/04/17 se ha declarado en concurso necesario al deudor TERRAZA MONASTERIO Sociedad limitada., con domicilio en Calle Nicaragua n.º 1, 2.º g Peligros (Granada) y cuyo centro de principales intereses.

2.º Que el deudor TERRAZA MONASTERIO Sociedad limitada. ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido LOPEZ&MORALES EXPERTOS CONCURSALES, S.L., con domicilio postal Avda Mijas n.º 2 Edif. Serrano 2, 1.º d Mijas y dirección electrónica antonio@calopezserrano.com

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que la representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a Don ANTONIO LOPEZ RODRIGUEZ, abogado, con DNI 79018214N, con domicilio Avda Mijas n.º 2, Edif. Serrano 2, 1.º d, Mijas y dirección electronica antonio@calopezserrano.com

La personación en el presente procedimientos deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dia siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma prevista en el art. 23.1 de la L.C.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 27 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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