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Documento BOE-B-2017-26428

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2017, páginas 31499 a 31499 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-26428

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración del Estado del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en fecha 22 de marzo se ha dictado Auto de declaración y extinción de la sociedad concursada Fusmolí, S.L., con domicilio en la calle Tomás Ortuño, n.º 86, edificio Édison, piso bajo, de Benidorm (Alicante), y CIF B-53071635 que se tramita en este Juzgado con el n.° 211/17- R cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad mercantil Electrodomésticos Fusmoli, S.L., con domicilio en la calle Tomás Ortuño, n.° 86, edificio Édison, piso bajo, de Benidorm (Alicante), y CIF B-53071635, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa activa.

Se acuerda la extinción de la sociedad y la cancelación de la misma en el registro mercantil, que deberá cursar comunicación a los registros públicos en los términos del artículo 320 del RRM.

En el año siguiente a la fecha de la resolución de conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación de concurso como culpable, salvo que se hubiera dictado sentencia sobre calificación en el concurso concluido.

Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el "Boletín Oficial del Estado", en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.

A tal efecto, colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del "Boletín Oficial del Estado".

Notifíquese esta resolución a las partes personadas.

Alicante, 4 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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