Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-25726

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2017, páginas 30693 a 30693 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-25726

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba

Anuncia:

Que el procedimiento concursal número 171/2014 referente al concursado FIBOPAL, S.L., con CIF B14295307, por auto de 30 de marzo de 2017 ha acordado lo siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 11 de marzo de 2016, por no haberse consituido válidamente la Junta de Acreedores

2. Abri, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.

3. Expedir los mandamientos correspondientes al Registro Mercantil de Córdoba, para la anotación, en la inscripción correspondiente a la concursada, de la apertura de la fase de liquidación del concurso, del acuerdo de disolución de la sociedad concursada, del cese de sus administradores y su sustitucion por los administradores concursales, de las limitaciones de las facultades de administración y diposición de la misma y de la formación de la sección de calificación.

4. Proceder a la formación en la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez dias siguientes a la última publicación de este auto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Córdoba, 30 de marzo de 2017.- La letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid