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Documento BOE-B-2017-24848

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2017, páginas 29510 a 29510 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-24848

TEXTO

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I, Declaración Concurso 0000058/2017 y NIG 36038 47 1 2017 0000090, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 28 de marzo de 2017, Auto de Declaración de Concurso de Asociación Empresarial Espaderos Guardeses, con CIF G-36.442.200 y domicilio en La Guardia, calle Manuel Álvarez, n.º 6, 2.º izquierda, inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de la Xunta de Galicia.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo estas sustituidas por la Administración Concursal.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente:

El abogado Sr. Óscar Aitor Pison da Silva, con NIF: 36109558H, con domicilio profesional en Pontevedra C/ Castelao, n.º 7, 6.º B, CP 36001 Pontevedra, teléfono 986 862.663, correo electrónico comunicacionconcurso17@gmail.com.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC).

Pontevedra, 4 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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