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Documento BOE-B-2017-24288

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 2017, páginas 28868 a 28868 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-24288

TEXTO

DOÑA PILAR SOLANOT GARCIA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento arriba referido Jurisdicción Voluntaria General numero 60/2017-C, el día de la fecha, se ha dictado resolución cuyo particular es del siguiente tenor literal:

Por turnada este juzgado la anterior solicitud de expediente de jurisdicción voluntaria para denunciar la perdida o extravío de pagaré, formulada por el Procurador de los Tribunales Sra. ICIAR ZAMORA HERNAIZ en nombre y representación de su poderdante STEN; teniéndosele por comparecido y parte en este expediente y entendiéndose con aquel las sucesivas diligencias en la forma dispuesta en la ley, en virtud de escritura de poder que acompaña.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015, de 2 de julio, en su art. 132 y sig. comuníquese al emisor del pagaré STEN y al JOSE LUIS BLASCO PRIEGO la presente demanda con entrega de copia, señalándose para la celebración de la comparecencia el 4 de mayo de 2017, a las 9,45 horas.

-La comparecencia se efectuara en la sala nº 9 de este Juzgado salvo que hubiera imposibilidad de utilizar los medios de registro tal y como ordena la Ley, en cuyo caso se procederá a su celebración en la Oficina Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el art 146 de la Le.c., debiendo verificar por procedimiento informático el levantamiento del acta correspondiente.

-Las partes deberán comparecer por medio de Abogado y Procurador.

-Si no compareciere el solicitante ni alegare justa causa, se le tendrá por desistido y se archivara el expediente.

-Si no lo hace el requerido ni manifestare justa causa para no concurrir, se celebrara el acto y continuara el expediente sin mas citaciones ni notificaciones que la ley disponga.

Previo a todo ello procede la publicación de la presente resolución en el BOE y en el periódico de mayor circulación que se designe a los fines de la citación de quien pudiera estar interesado, requiriendo al procurador de la parte actora a fin de que en el término de dos días designe a este Juzgado el periódico de mayor circulación para la publicación de la fecha de la comparecencia.

Notifíquese y cítese a la parte demandada por correo con acuse de recibo sirviendo la presente de notificación y citación en legal forma

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevara a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse mediante escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente (art 451, 452 LEC).

Así lo acuerdo, doy fe

Alicante, 6 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

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