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El Consejo de Administración de este Puerto, en su sesión celebrada el día 29 de marzo del presente año, al amparo de lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en relación con los artículos 138 y siguientes, y 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha acordado ampliar el ámbito de la delegación otorgada el 25 de enero de 2017, de la forma siguiente:
« DELEGAR en el Sr. Director General el otorgamiento, modificación y extinción de las autorizaciones para la prestación de servicios comerciales y/o el desarrollo de actividades industriales, comerciales y de servicios en el dominio público portuario -que no impliquen ocupación privativa del mismo- por un plazo no superior a tres años.».
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la citada Ley 40/2015.
Barcelona, 30 de marzo de 2017.- El Secretario General, Román Eguinoa.
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