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Documento BOE-B-2017-21017

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 3 de abril de 2017, páginas 24839 a 24839 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-21017

TEXTO

Edicto

D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 258/2017, por auto de 14 de marzo de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Festrip, Experiencias Musicales, S.L., CIF n.º B87244570, con domicilio en calle Santa Lucía, n.º 19, 4.º B, de Madrid.

2.º Que el deudor ha sido suspendido de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC.

Los datos de la administración concursal son los siguientes:

Roda Gestión Concursal, S.L.P. con despacho profesional en Ponferrada (León), calle Padre Santalla, n.º 3, 3.º izq. 24402, teléfono 987402252, dirección electrónica info@rodagconcursal.com fax 987409076.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso en los términos previstos en el art. 191 LC.

Madrid, 14 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.

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