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Documento BOE-B-2017-19748

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2017, páginas 23358 a 23358 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-19748

TEXTO

EDICTO

Don Andrés Prada Horche, Letrado de la Aministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 178/16 (N.I.G. 33044 47 1 2016 0000404), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 10/03/17, Auto que no es firme, declarando en concurso voluntario ordinario al deudor Construcciones Asturcasa Principado, Sociedad Limitada, con C.I.F. B-33504911, y domicilio sito en Oviedo, calle La Luna Nº 15-bajo.

2º.- En dicho procedimiento se ha nombrado como administrador concursal a Don Carlos Inocencio Caicoya Cecchini, con D.N.I. 09428017H, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal:

Calle Gil de Jaz, nº 4, 1º H, código postal 33004 de Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: concursal@caicoya.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una de esas direcciones a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público es: de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y de 16:00 horas a 19:30 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efecturarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 14 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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