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Documento BOE-B-2017-19110

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 27 de marzo de 2017, páginas 22550 a 22550 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-19110

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

D. José Antonio Marquínez Beitia Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 75/2017

Fecha del auto de declaración: 8/02/17

Clase de concurso: voluntario abreviado

Entidad concursada: PIAFOC S.L.

CIF de la concursada: B-63967780

Domicilio de la concursada: Avda. Mas Vila, Polígono Industrial de Girona, nave 100 de Riudellots de la Selva, CP-17547 de Girona

Administrador concursal: AC IURISECO S.L.P.

- Dirección postal: Calle Joaquim Vayreda, número 52, Entresuelo, de la ciudad de Girona CP 17001 (Girona)

- Dirección electrónica: concursal@aciuriseco.com

Régimen de las facultades del concursado: A la concursada mercantil le son suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y cesados sus administradores quedando sustiutuidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse medinate Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramon Folch núm. 4-6 de 17001- Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustiuidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 20 de febrero de 2017.- Letrado de la Adm. de Justicia.

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