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Documento BOE-B-2017-18691

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2017, páginas 22055 a 22055 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-18691

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 338/2016, en el que figura como concursado Pirotecnia Astondoa, S.A., se ha dictado el 01/03/2017 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Pirotecnia Astondoa, S.A., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 08/02/2017.

Segundo.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión a los mismos en la LC.

El convenio está de manifiesto en la oficina del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Tercero.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días, computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en Registro Público Concursal y Boletín Oficial del Estado.

La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 1 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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