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Documento BOE-B-2017-1858

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2017, páginas 2260 a 2260 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-1858

TEXTO

Doña Margarita Marquina Castell, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 505/2016 en el que se ha dictado con fecha 20 de diciembre de 2016 Auto declarando en estado de concurso a la entidad Claris Penedes Promocions Inmobiliaries, S.L. con CIF B64262280 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8005001.

Tipo de concurso: Necesario. Se ordena la suspensión de las facultades de disposición y administración que sobre su patrimonio tiene el deudor, siendo sustituido por la administración concursal.

Concursada: Claris Penedes Promocions Inmobiliaries, S.L. con domicilio en c/Nàpols, 354 bajos, de Barcelona.

Administrador concursal: Eulex HBS, S.L.P. con domicilio en Rbla.Cataluña, 61, 6.º, 3.ª de Barcelona, teléfono 93.488.23.01, fax 93.487.36.29 y con correo electrónico comunicaciones@eulexabogados.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 22 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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