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Documento BOE-B-2017-1613

CERDANYOLA DEL VALLÈS

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2017, páginas 2015 a 2015 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-1613

TEXTO

Edicto

Doña Estela María Perez Franco, Letrada de la Administración de Justicia en sust. del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cerdanyola del Vallès, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concurso consecutivo número de autos 425/2016, con NIG 08266-42-1-2016-8138429 por auto de fecha 4 de noviembre de 2016, se ha declarado en concurso consecutivo voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado a D. ANTONIO GOMEZ CASTILLEJA con N.I.F. N.º 43416711W, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dirección y localidad de residencia del deudor.

2.º Que los deudores quedan suspendidos en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Se hace constar que la publicidad será gratuita en todo caso.

4.º A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. ALBERTO SANJUAN MARTINEZ, con domicilio profesional Rambla Cataluña, 70, 1.º,. 2ª Barcelona (Barcelona) y la dirección de correo electrónico es sanjuán@adsbufet.com, a fin de que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.º La declaración de concurso abre la fase común y, asimismo, la apertura de la fase de liquidación.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Cerdanyola del Vallès, 1 de diciembre de 2016.- La letrada de la administración de justicia en sust.

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