El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 3 de marzo de 2017, acordó otorgar a La Caseta de Bombas, Sociedad Limitada, una concesión administrativa para la ocupación de la Caseta de Bombas del Dique de Gamazo, con destino a instalación de hostelería y centro de interpretación, dentro de la zona de servicio del puerto, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie suelo: 239,45 metros cuadrados.
B) Plazo: Quince (15) años.
C) Objeto: la explotación de un servicio de hostelería en la Caseta de Bombas del Dique de Gamazo, así como compatibilizar este servicio con el mantenimiento y la promoción del BIC a través del establecimiento y mantenimiento de un centro de interpretación en el que se resalte la historia, la función y el valor patrimonial del Dique de Gamazo.
D) Tasas:
Tasa de ocupación: 31.000,00 euros/año.
Tasa de actividad: 4.200,00 euros/año.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina.
Santander, 3 de marzo de 2017.- El Presidente, Jaime González López.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid