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Documento BOE-B-2017-14437

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 7 de marzo de 2017, páginas 16987 a 16987 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-14437

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 636/2015-L, sobre declaración de concurso de la entidad "Aterga, S.L.", con CIF B-70200779, domiciliada en praza da Ría, Portales 1 y 2, locales B y C, Culleredo (A Coruña), se ha dictado sentencia con fecha 26/09/16, conteniendo entre otros los siguientes pronunciamientos:

Fallo:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente concurso del deudor Aterga, S.L., y se aprueba judicialmente el convenio propuesto anticipadamente por dicho deudor y protocolizado en escritura pública, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC; entre ellos el cese de la administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, y que deberá rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente.

2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndose saber a los acreedores que no hubieran optado aún entre las propuestas alternativas que disponen para ello de un mes desde la firmeza de la presente, entendiéndose aplicable la opción Segunda en caso contrario.

3.- Dese a la presente la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, librándose los despachos correspondientes y entregándose a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

4.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor y el informe de la administración (167.1 in fine LC), poniéndose en conocimiento de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en el término de diez días desde la última de las publicaciones edictales (art. 168.1 LC).

5.- Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Coruña, a interponer directamente en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente edicto.

A Coruña, 1 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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