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Documento BOE-B-2017-13914

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura sobre acuerdo de incoación y convocatoria pública para la asignación de recursos conforme al artículo 33.5 de las disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura, aprobadas por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2017, páginas 16399 a 16400 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-13914

TEXTO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 33.5 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, los recursos procedentes de obras de defensa contra avenidas están a disposición de la Confederación Hidrográfica del Segura que, previa autorización, puede destinarlos entre otras funciones, a aliviar déficit puntuales.

Con fecha 01/02/2017 se emite informe por parte de Dirección Técnica de este Organismo, en el que se indica que existen disponibles 1,2 hm³ del Embalse del Judío, susceptibles de asignación.

Visto lo anterior, y de conformidad con el artículo 96.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se acuerda:

Primero: Incoar el procedimiento para la asignación de recursos conforme al artículo 33.5 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura. La referencia bajo la que se tramitará el procedimiento es ASV-475/2016.

Segundo: Otorgar un plazo de treinta días a partir de la fecha de la publicación en el BOE de la convocatoria para que los usuarios de la Demarcación Hidrográfica del Segura que deseen aprovechar estos recursos presenten solicitud ante este Organismo, justificando el déficit que solicitan que sea atendido.

Tercero: Establecer como condiciones esenciales que habrán de cumplir los usuarios que puedan ser autorizados las siguientes:

a) Régimen de aprovechamiento de las aguas: El aprovechamiento se llevará acabo incorporando los recursos al sistema único de explotación, permitiendo la derivación de cantidades equivalentes a través de las captaciones propias de que dispongan los usuarios o, en su caso, a través de las infraestructuras del postrasvase Tajo-Segura con las pérdidas por transporte que proceda imputar. El aprovechamiento deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2017.

b) Régimen económico de la autorización: Se establece una contraprestación económica de 0,15 €/m³ para cantidades asignadas hasta 200.000 m³, y de 0,18 €/m³ para los volúmenes que excedan de esta cantidad. El uso de las infraestructuras del Estado dará lugar a la liquidación de las tarifas legalmente previstas.

c) La autorización podrá revocarse unilateralmente por razones de interés público en los supuestos previstos en el artículo 92.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

d) La autorización no será prorrogable ni se admitirá subrogación.

Cuarto: Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo indicado en el apartado segundo, los usuarios interesados podrán presentar sus peticiones en el registro de la Confederación Hidrográfica del Segura (Plaza de Fontes, 1, 30001 Murcia) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Murcia, 21 de febrero de 2017.- El Comisario de Aguas, José Carlos González Martínez.

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