Edicto.
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000515/2011 habiéndose dictado en fecha 6 de Febrero de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Se Decreta la Conclusión del Concurso Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000515/2011, promovido por el Procurador Sr/a Sapena Davó, en nombre y representación de la mercantil Hermanos Iranzo Muebles, S.A., y Gestión, Selección y Estudios Patrimoniales, S.L. el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don FEDERICO VARONA GARCÍA, con NIF n.º 22.554.376-R, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la EXTINCIÓN de la mercantil HERMANOS IRANZO MUEBLES, S.A., con CIF n.º A-46088100 y GESTIÓN SELECCIÓN Y ESTUDIOS PATRIMONIALES S.A. con C.I.F. n.º B96877154, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art.177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 7 de Julio de 2014."
Valencia, 6 de febrero de 2017.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.
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