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Documento BOE-B-2017-13135

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2017, páginas 15499 a 15499 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-13135

TEXTO

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000011/2009, seguido a instancias del Procurador/a Montserrat Bethencourt Martínez en nombre y representación de don José Florentino Acevedo Quintero N.I.E.. X5701736J se ha dictado Auto el día 15 de febrero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de José Florentino Acevedo Quintero por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Fuera de los supuestos previstos en el artículo 178 bis LC, en los casos de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

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