Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-13122

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2017, páginas 15482 a 15482 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-13122

TEXTO

Doña María Aranzazu Alameda López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 836/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Jordi Llompart Mallorques y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso consecutivo 836/2016 Sección C2.

Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2016-8007274.

Entidad concursada- Jordi Llompart Mallorques, con NIF nº 37739971 F.

Tipo de concurso.- Consecutivo.

Fecha del auto de declaración.- 20 de enero de 2017.

Administrador/es Concursal/es.- Doña María del Mar Tarancón Rodríguez, DNI número 38105969Y, con correo electrónico mtarancon@icab.es, teléfono 936333115 y n° fax 936333116.

Facultades del concursado.-

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid