Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-12706

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2017, páginas 14976 a 14977 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-12706

TEXTO

Edicto

Juzgado de Primera Instancia N.º 92 de Madrid.

Dña. María Margarita Garrido Gómez, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 92, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Filiación núm. 914/2013 instados por la Procuradora Dña. Montserrat Gómez Hernández en nombre y representación de Dña. Johana Milagros Isase Rodríguez contra D. Doramas Sánchez Hernández y D. José Luís Mateos Ramírez, en los que se ha dictado en fecha 07/07/2016 sentencia y auto que la rectifica con fecha 14/07/16:

Sentencia N.º 211/2016

En Madrid a 7 de julio de 2016.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Mª del Mar Ilundain Minondo, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia nº 92 de Madrid, los presentes autos de JUICIO VERBAL Nº 914/13, seguidos ante este Juzgado a instancia de la procuradora Dña. Montserrat Gómez Hernández en representación de Dña. Johana Milagros Isase Rodríguez, en representación de su hija menor de edad K.-H., frente a D. José Luis Mateos Ramírez, frente a D. Doramas Sánchez Hernández, representado por la procurador Dña. Ana María Prieto Campanon, y frente al Ministerio Fiscal.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por Dña. Montserrat Gómez Hernández en nombre y representación de su hija menor K.-H., declaro que K.-H. es hija no matrimonial del demandado D. Doramas Sánchez Hernández, declarando nula la filiación paterna de D. José Luis Mateos Ramírez y ordenando practicar las rectificaciones oportunas en la inscripción registral de nacimiento, con los demás efectos legales inherentes a esta declaración.

Todo ello sin hacer expresa condena al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia conforme a la Ley, indicando a las partes que podrán interponer recurso de apelación en plazo de 20 días.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

La Magistrado que lo dicta: Dña. Mª MAR ILUNDAIN MINONDO

Lugar: Madrid

Fecha: 14 de julio de 2016.

Parte dispositiva

Se acuerda rectificar la Sentencia nº 211/2016, dictada en fecha 07/07/2016 en el presente procedimiento, debiendo rectificarse el primer párrafo de su Fallo en los siguientes términos:

"Que estimando la demanda formulada por Dña. Johana Milagros Isase Rodríguez en representación de su hija menor K.-H., declaro que K.-H. es hija no matrimonial del demandado D. Doramas Sánchez Hernández, declarando nula la filiación paterna de D. José Luis Mateos Ramírez y ordenando practicar las rectificaciones oportunas en la inscripción registral de nacimiento, con los demás efectos legales inherentes a esta declaración."

Quede el resto de la resolución en sus propios términos.

Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquélla de la que trae causa y llévese testimonio a los autos principales.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrado-Juez La Letrado de la Admón. de Justicia

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. JOSE LUIS MATEOS RAMIREZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar un extracto de las citadas resoluciones por edicto en el Boletín Oficial de Estado.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

Madrid, 10 de febrero de 2017.- Letrado del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 92 de Madrid.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid