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EDICTO
Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, por el presente
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000639/2015 habiéndose dictado en fecha 14/2/17 por el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de Concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.-Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado instado en su día por el Procurador de los Tribunales Gloria Sabater Ferragud, en nombre y representación de Cleanmatic, S.L.
2.-Archivar las actuaciones por pago total de los créditos reconocidos en el presente procedimiento.
3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4.-Aprobar la cuenta rendida por la administración concursal en el informe de fecha 2 de enero de 2017.
5.-Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal, y así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a Registro Mercantil de Valencia, a los fines de que proceda a la anotación del cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la Sentencia firme de calificación.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo y firma S. Sª. Doy fe.
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO EL/LA LETRADO/A. JUSTICIA.
Valencia, 14 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
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