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D. Maria Jesús Palermo Sandin, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncio:
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso abreviado bajo el n.º 952/2014 en cuyos autos se ha dictado Sentencia, en fecha 6 de febrero de 2017, acordando:
1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la deudora concursada INDUSTRIAS METALURGICAS DEL ENGRANAJE, S.L. en escrito de la Procuradora Sra. López Ocampos de fecha 8.6.2016, cuyo contenido se considera parte de la presente Resolución; habiendo resultado aprobada la propuesta con los efectos de los Art. 133 a 136 de la Ley Concursal.
2.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, en especial la intervención de la administración y disposición de sus bienes por la concursada, establecida y atribuida a la Administración concursal; quedando sustituidos tales efectos, que no es el caso, por los establecidos en el convenio; y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor señala en art. 42 de la L. Co., que sí continuarán.
3.- Se acuerda el CESE en sus cargos de los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiera encomendar a todos o a alguno de ellos hasta el íntegro cumplimiento, que no es el caso; continuando los mismo a los meros efectos –intra-procesales- de la tramitación de la Sección de calificación.
Y para que sirva de publicidad en forma, se expide el presente en
Madrid, 6 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
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