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Documento BOE-B-2017-10879

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2017, páginas 12813 a 12813 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-10879

TEXTO

Doña MARÍA MICAELA HURTADO YELO; Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 77 de Madrid, por el presente hago constar:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 527/2016 y NIG n.º 28.079.00.2-2016/0096012, se ha dictado en fecha 18 de enero de 2017 Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor D/Dña. JOSÉ MARÍA GUERRA PULIDO, con DNI n.º 2.896.119-M, vecino de Madrid, con domicilio en la calle Algarrobo numero 24, bajo, número 8.3.º, 28034 Madrid.

El mismo Auto ha aperturado la fase de liquidación.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, que ejercerá la administración concursal en los términos previstos en el Título III de la Ley Concursal. Se ha designado como Administración Concursal a D. AFRODISIO CUEVAS GUERRERO con domicilio postal en Madrid, calle Princesa n.º 29, 3.º izquierda y dirección electrónica afrodisiocuevas@telefonica.net señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (articulo 184.3 Ley Concursal).

5.º Que las resoluciones que traiga causa del concurso se publicaran en las siguientes direcciones electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el Boletín Oficial del Estado, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley Concursal y demás preceptos a que aquel se remiten, se publicaran en la Sección 1.º de Edictos concursales del Registro Publico Concursal (artículo 23.1 Ley Concursal y articulo 7 RD 892/2013).

Madrid, 2 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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