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Documento BOE-B-2017-10780

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución del Ministerio de Fomento de APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN "NUEVO ENLACE EN EL P.K. 70+000 DE LA AUTOPISTA DEL ATLÁNTICO, AP-9, ENLACE DE CONEXIÓN CON EL COMPLEJO CIDADE DA CULTURA Y CON LA CIUDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA". Provincia: A Coruña. Clave: 98-LC-9904.D.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 20 de febrero de 2017, páginas 12691 a 12692 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-10780

TEXTO

El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda por delegación del Ministro de Fomento, por (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio (BOE 08/08/16)) con fecha 24 de enero de 2017 ha resuelto:

1. "Aprobar definitivamente el Proyecto de Construcción "Nuevo Enlace en el P.K. 70+000 de la Autopista del Atlántico, AP-9. Enlace de Conexión con el complejo Cidade da Cultura y con la ciudad de Santiago de Compostela", de claves AC/16/108.01 (Xunta de Galicia) y 98-LC-9904.D (Ministerio de Fomento), por un Presupuesto de Licitación (una vez añadidas las reposiciones de servicios de titularidad privada y el control y vigilancia arqueológicos) que asciende a 3.252.951,80 euros, que no incluye la cantidad de 683.119,88 euros en concepto de I.V.A. (21%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la ejecución de las obras presentando al Ingeniero Director de las mismas la documentación correspondiente, previamente a la iniciación de las unidades a las que hacen referencia:

1.1. Se deberá tener en cuenta el condicionado de la Resolución de 1 de junio de 2009 (B.O.E. de 27 de junio de 2009), de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental del Proyecto "Ampliación de capacidad de la autopista AP-9. Tramo: Santiago Norte-Santiago Sur".

1.2. Se deberá tener en cuenta el informe de fecha 28 de julio de 2011 de la Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental de la Xunta de Galicia, atendiendo a las medidas protectoras y correctoras incluidas en el anexo de dicho informe.

1.3. Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios afectados, de acuerdo con lo dispuesto en la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994, y su modificación de 4 de noviembre de 1996.

1.4. Se deberán tener en cuenta las observaciones y prescripciones de carácter técnico realizadas por INECO en su Informe de Seguimiento sobre el Proyecto de Construcción, de fecha 16 de noviembre de 2016.

1.5. En el caso de que durante la ejecución de las obras se habilitase la conexión del camino de servicio CS-01 con la Glorieta Sur I, deberán adoptarse las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad viaria de la circulación y el correcto funcionamiento del enlace.

1.6. Se deberá tener en cuenta el informe que, en su caso, emita el Ingeniero Inspector de la autopista AP-9.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado"."

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A Coruña, 7 de febrero de 2017.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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