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Documento BOE-B-2017-10401

Resolución EMC/ /2017, de 17 de enero, del Departamento de Empresa y Conocimiento General de Energía, Minas y Seguridad Industrial por la cual se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa, la declaración en concreto de utilidad pública y la autorización administrativa de construcción de la renovación de la subestación Mas Figueres a 220 kV y la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV de doble circuito Foix-Mas Figueres i Can Jardí-Mas Figueres, en el término municipal de Terrassa (expediente 2016/23590).

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2017, páginas 12269 a 12274 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2017-10401

TEXTO

La empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio social en la Moraleja, Alcobendas-Madrid, Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, ha solicitado ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento, la autorización administrativa previa, la declaración en concreto de utilidad pública y la autorización administrativa de construcción de la renovación de la subestación Mas Figueres a 220 kV y la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV de doble circuito Foix-Mas Figueres i Can Jardí-Mas Figueres, en el término municipal de Terrassa.

Esta instalación aparece programada en el documento Planificación Energética: Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020, aprobado por el Consejo de Ministros el 16 de octubre de 2015.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 7230, de 20 de octubre 2016; en el Boletín Oficial del Estado número 254, de 20 de octubre 2016, y en el diario La Vanguardia de 21 de octubre 2016.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, se comunica a los Ayuntamientos de los términos municipales dónde radican los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un periodo de veinte días, con el fin de que puedan evidenciar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del mencionado Real Decreto.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicita un informe al Ayuntamiento de Terrassa, a Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal, a Telefónica de España, Socieda Anónima, a la Agencia Estatal de Seguridad Área, a Ferrocarriles de la Generalitat de Catalunya y a la Agencia Catalana del Agua. Todos los informes con condicionados presentados son aceptados por la empresa peticionaria.

Dado que la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, no ha podido llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se ha notificado individualmente a los afectados a fin de que puedan formular las alegaciones que sean procedentes.

El señor Benet Carbonell Marcet presenta alegaciones, en nombre y representación de la empresa Gramtor, Sociedad Anónima, señalando que, en el proyecto remitido, se observa la colocación de nuevas torres dentro de sus fincas y la creación de nuevas zonas de servidumbre así como ocupaciones temporales para realizar los trabajos. Por el contrario, no encuentra dentro de la documentación recibida ninguna propuesta económica de compensación por la ocupación indefinida de los nuevos apoyos, servidumbres y ocupaciones temporales.

Puesto en conocimiento de la empresa beneficiaria, ésta responde que la sociedad Gramtor, Sociedad Anónima firmó en enero 2012 unas autorizaciones relativas a la servidumbre de paso y de acceso a la línea de transporte de energía eléctrica en el marco de un proyecto anterior (expediente 10/34971). Que no se pudieron iniciar las obras dentro de plazo motivo por el cual el proyecto se ha vuelto a tramitar de nuevo y que las autorizaciones mencionadas continúan siendo vigentes y válidas para el proyecto actualmente en tramitación. La respuesta de la peticionaria se remite a la sociedad Gramtor, Sociedad Anónima, que no responde, por lo cual se entiende su conformidad.

De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en cumplimiento del artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo informó favorablemente sobre la solicitud presentada.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 7, apartado a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas,

Resuelvo:

-1 Otorgar la autorización administrativa previa de la renovación de la subestación Mas Figueres 220 kV y la modificación de las líneas aéreas a 220 kV Foix-Mas Figueres y Can Jardí-Mas Figueres en el término municipal de Terrassa a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal (expediente 2016/23590).

-2 Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que se sometieron a información pública en el Anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 7230, de 20 de octubre de 2016 y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

-3 Otorgar la autorización administrativa de construcción de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Descripción de la instalación: renovación de la subestación Mas Figueres 220 kV, que comportará cambiar la tipología de barra simple a interruptor y medio, la ampliación de 3 nuevas posiciones más 2 de reserva y la modificación de la línea aérea de doble circuito de transporte de energía eléctrica en 220 kV Foix-Mas Figueres y Can Jardí-Mas Figueres en su entrada en la subestación, en el término municipal de Terrassa.

La renovación de la subestación de Mas Figueres responderá a las siguientes características principales:

- Tensión Nominal: 220 kV.

- Tensión más elevada para el material (Um): 245 kV.

- Tecnología: AIS.

- Instalación: INTEMPERIE.

- Configuración: Interruptor y medio.

- Intensidad de corto circuito de corta duración: 40 kA.

Y dispondrá de las siguientes calles, posiciones e interruptores, una vez reformada:

- Calle 1: TR-7 – L/Foix, 3 interruptores.

- Calle 2: TR-1 – Reserva, 2 interruptores.

- Calle 3: TR-5 – L/Can Jardí, 3 interruptores.

- Calle 4: Reserva – Palau, 2 interruptores.

La renovación tiene como consecuencia que la subestación requiera mayores espacios, y por lo tanto que afecte a apoyos de fin de línea que están próximos a los pórticos actuales: el apoyo T162 del circuito Foix-Mas Figueres, y el apoyo T-0, del circuito Can Jardí-Mas Figueres. Los trabajos y descargos de los circuitos Foix-Mas Figueres y Can Jardí-Mas Figueres se coordinarán con los trabajos de ampliación de la subestación Mas Figueres dividiéndose en dos fases con el fin de no interferir en las fases constructivas de la subestación y evitar discontinuidades eléctricas.

Fase 1:

Se ejecuta la variante de la línea subterránea de doble circuito de media tensión, propiedad de Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña para evitar afecciones con el nuevo apoyo T161N.

Se modifica el emplazamiento del apoyo T161N fuera de la parcela calificada como zona verde y se sitúa en la proximidad del apoyo T161 al que sustituye.

Se solicita el descargo temporal de los 2 circuitos a 220 kV Can Jardí-Mas Figueres y Foix-Mas Figueres con el fin de desmontar simultáneamente los apoyos T0 y T161 existentes.

Se monta el nuevo apoyo T-162N, se conectan al nuevo apoyo los conductores del vano T-161-T-162 y se vuelve a poner en servicio el circuito Foix-Mas Figueres, alimentando la subestación. En este momento el lado este de la subestación queda liberado, y se puede iniciar la primera fase de la ampliación prevista en la subestación. El circuito Can Jardí-Mas Figueres se deja sin servicio, alimentándose la subestación desde el circuito Foix-Mas Figueres.

La modificación consta de 4 alineaciones teniendo en cuenta que, desde el nuevo apoyo T-161N, cada circuito se separa para ir a apoyos diferentes.

Fase 2:

Se conecta el circuito Can Jardí-Mas Figueres a su posición definitiva, asegurando la continuidad eléctrica.

Se desmonta el apoyo actual T-162 de la línea Foix-Mas Figueres y se completa el resto de la ampliación de la subestación Mas Figueres.

Finalmente se conecta el circuito Foix-Mas Figueres a su posición definitiva.

La modificación en esta segunda fase está formada por 3 alineaciones.

La línea tendrá las siguientes características:

- Sistema: Corriente alterna trifásica.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Tensión nominal: 220 kV.

- Tensión más elevada de la red: 245 kV.

- Capacidad de transporte por circuito: 447 MVA.

- Número de circuitos: Dos.

- Número de conductores por fase: Uno.

- Temperatura de diseño: 85º C.

- Tipo de conductor: CONDOR Al-Aw.

- Número de cables de tierra: Dos.

- Tipo de cables de tierra: OPGW96 TIPO 1 (17 kA).

- Tipo de aislamiento: Bastones de goma de silicona tipo 12.

- Apoyos: Torres metálicas de celosía.

- Cimentaciones: De zapatas individuales.

- Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

- Longitud total: 0,189 km.

Término municipal afectado: Terrassa.

Finalidad: Mallado de la red de transporte.

Presupuesto: 4.922.321 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, y también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

-1 Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial señor Luis Cabezón López, colegiado número 12864 del Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid, y visado el 26 de julio de 2016 con el número 201602516, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen.

-2 La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero por el cual se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/2014, del 31 de julio, de la Seguridad Industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, y el resto de disposiciones de aplicación general.

-3 La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

-4 El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

-5 La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, podrá realizar, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

-6 Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el comienzo de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas, y, si es necesario, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

-7 La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que ésta impone.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

-8 Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Conocimiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Barcelona, 17 de enero de 2017.- El Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Pere Palacín i Farré.

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