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Documento BOE-B-2016-9693

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2016, páginas 12068 a 12068 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-9693

TEXTO

Letrado de la Administración de Justicia Don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona

Hace Saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 980/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 1 de febrero de 2016, el concurso voluntario de Talleres de Reparación Integral Rodes Toledano Uno Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal B62754551 y domicilio en Calle Sant Antoni Maria Claret 118 Barcelona, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Don Marc Bernabéu Antón por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Travessera de Gràcia, 71, quinto segunda de Barcelona, Teléfono 934147447, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal toledanoconcursal@gmail.com, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

En Barcelona, 1 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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