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Documento BOE-B-2016-9356

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2016, páginas 11657 a 11657 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-9356

TEXTO

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n° 001401/2015, habiéndose dictado en fecha diecinueve de enero de dos mil dieciséis por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores dé PROMOCIONES E INVERSIONES JUMALIA, S.L., con domicilio en Polígono poligono industrial fuente del jarro, fase II, calle cuidad de Barcelona 1, Paterna, y cif nó B97547426, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 8086, libro 5379 hoja V-103096. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./Da Vicente Penades Aranda con domicilio en la Avenida Gran Vía Marqu´rs del Turia, n.º 54-lº-2a, Valencia y correo electrónico concursal@penadesabogados.con.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento dé los, acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el boletín oficial del estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 19 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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