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Documento BOE-B-2016-9329

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2016, páginas 11624 a 11624 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-9329

TEXTO

Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 9 de Barcelona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario nº 620/2011-C2 seguido en este Juzgado de Sociedad de Climatización y Electrificación, S.A., se ha dictado auto de fecha 15/12/15 por el que se acuerda:

- La apertura de la fase de liquidación por incumplimiento de convenio.

- El nombramiento de los Administradores Concursales.- D. Pedro Juez Martel y Dª Roser Rafols Vives con domicilio en Ronda Sant Pere, 1, pral. 1ª 08010 Barcelona, tefl. 93-419.38.45 y dirección eletrónica: roserafols@arcoabogados.es.

- Facultades del concursado: Suspendidas.

- Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la mercantil Sociedad de Climatización y Electrificación, S.A. que no fueran a la fecha de la sentencia de fecha 19-6-13 por la que se aprobó el convenio incumplido, deberán comunicar su crédito en la forma establecida en el art. 85 de la L.C. en el plazo máximo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.

Barcelona, 5 de febrero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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