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Documento BOE-B-2016-68070

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 31 de diciembre de 2016, páginas 83121 a 83122 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-68070

TEXTO

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber:

Que en este órgano judicial se tramita la Sección Primera Declaración de Concurso n.º 255/14-C a instancias de la procuradora doña María Jesús Gandoy Fernández en nombre y representación de la entidad deudora Comercial CYC de Papelería S.L. en los que ha recaido la siguiente resolución de fecha 1 de diciembre de dos mil dieciséis, que se reproduce en extracto:

AUTO, A Coruña a uno de diciembre de dos mil dieciséis.

HECHOS

ÚNICO.- La administración concursal del concurso voluntario abreviado de la deudora "COMERCIAL CYC DE PAPELERÍA" (Autos N.º 255/14-C), presentó con fecha de registro en el Juzgado Decano de A Coruña de 5/05/2016 escrito por el que comunica la insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y solicita la conclusión del concurso.

Se presentó asimismo escrito con fecha de registro ante el Juzgado Decano de A Coruña de 27/09/2016 en el que la Administración Concursal rinde cuenta detallada de su actuación y de la aplicación del producto obtenido conforme a lo prevenido en el artículo 176 bis 2 de la LC.

Puestos de manifiesto el informe sobre conclusión del concurso y la rendición de cuentas final a las partes personadas no se formuló oposición alguna dentro de plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados.

El concurso fue declarado fortuito por Auto de fecha 19 de marzo de 2015.

DISPONGO:

La conclusión y archivo del proceso concursal voluntario n.º 255/14-C de la deudora "COMERCIAL CYC DE PAPELERÍA, S.L." con CIF B-15033871, domiciliada en A Coruña, calle Pasteur, n.º 4, Polígono Industrial de La Grela, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña,Tomo 248, Libro 49 de la Sección 2.ª de Sociedades, folio 82, Hoja 889, inscripción primera, por insuficiencia de masa activa.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Y a fin de que se lleve a efecto la publicación acordada, se expide el presente en

A Coruña, 1 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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