Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida
En autos de juicio Jurisdicción voluntaria-comercio Sección D seguidos en este Juzgado con el núm. 357/2016, a instancia de Finalter, S.L. se ha dictado resolución de fecha 14 de noviembre de 2016 la cual dispone en la parte dispositiva de la misma:
Acuerdo:
1. Admitir a trámite la denuncia presentada por la Procurador D.ª Ares Jene Zaldumbide, en nombre y representación de Finalter, S.L. sobre extravío de pagaré para impedir que puedan ser abonados a tercero no legitimado, y a quien tengo como comparecido y parte en la representación acreditada.
2. Dar traslado de la denuncia y documentos adjuntos a la entidad deudora y firmante del pagaré, la mercantil Serboniu, S.L., con domicilio en El Poal, Lleida, en calle Raval, número 8 maig 45 CP 25143, y a la sucursal del Banco Popular sita en Mollerusa, Plaza Mayor, núm. 14, con cargo a la cuenta núm. 00750340300500125837 para que si el pagaré fuera presentado al cobro, retengan el pago y lo pongan en conocimiento de este Juzgado.
3. Ordenar la correspondiente publicación en el BOE y en un periódico de gran circulación en la provincia para que, en su caso, el tenedor del título, de existir, pueda comparecer y formular oposición.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Así lo acuerda y firmo.
Y para que sirva de notificación al interesado, expido la presente
Lleida, 18 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
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