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Documento BOE-B-2016-61553

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2016, páginas 75372 a 75372 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-61553

TEXTO

Letrado de la Administración de Justicia D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 582/2016 se ha declarado, mediante auto de fecha 28/09/2016, el concurso voluntario de BERET DELTA, S.L., con el n.º de CIF B63630248, con domicilio en Barcelona, Av. Diagonal, n.º 511, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Santiago Manuel Oliveros Lapuerta por medio de escrito que se presentará personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle Balmes, n.º 184, ático 4.ª, número de teléfono 665955724, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal oliveros@visolauditores.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 28 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justícia.

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