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Documento BOE-B-2016-6155

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2016, páginas 7837 a 7837 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-6155

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 198/ 2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Cerro del Sur, S.A., y CIF n.º A35049972, se ha dictado sentencia en fecha 19-01-2016, aprobando la propuesta de convenio presentada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Apruebo la propuesta de convenio de Cerro del Sur, S.A., presentada en las presentes actuaciones, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma.

Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Los administradores concursales cesan en virtud de esta resolución y rendirán cuentas de su actuación ante el Juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.

Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al Juez del concurso acerca de su cumplimiento.

Fórmese la sección de calificación del concurso, que deberá encabezarse con testimonio de la presente resolución, incorporándose asimismo testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal (art. 167.1 LC).

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la presente resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes al de expiración de los plazos para personación de los interesados, la administración concursal presentará al Juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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