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Documento BOE-B-2016-60941

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 26 de noviembre de 2016, páginas 74682 a 74687 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2016-60941

TEXTO

Acuerdo de Junta Directiva y Comisión Delegada celebradas el 18 y 19 de marzo de 2016, respectivamente, de la Real Federación Española de Ciclismo, de aprobación de ficheros de datos personales de titularidad pública.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero

Los ficheros de la Real Federación Española de Ciclismo serán los contenidos en los anexos de este acuerdo.

Segundo

Se crean los ficheros incluidos en el anexo I de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero

Los ficheros que se recogen en los anexos de este acuerdo, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de 30 días desde la publicación de este acuerdo en el boletín oficial de la comunidad autónoma.

Quinto

El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Estado.

Anexo I

Ficheros de nueva creación

Fichero: Licencias

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1. Identificación del fichero: Licencias.

2. Finalidad y usos previstos:

i. gestión de las personas físicas y jurídicas federadas. (Hacienda y gestión económico-Financiera [gestión económica y contable, gestión de facturación],

ii. trabajo y bienestar social [formación profesional ocupacional],

iii. educación y cultura [becas y ayudas a estudiantes, deportes, fomento y apoyo a actividades artísticas y culturales],

iv. finalidades varias [concesión y gestión de permisos, licencias y autorizaciones, potestad sancionadora, gestión de estadísticas internas, prestación de servicios de certificación].

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

1. Colectivo: federados (asociados o miembros, estudiantes, representantes legales, personas de contacto).

2. Procedencia:

i. Del propio interesado o su representante legal, así como del club o asociación deportiva a la cual se encuentre inscrito (el propio interesado o su representante legal, entidad privada).

ii. Procedimiento de recogida: mediante formularios (físicos o telemáticos) o instancias presentadas en las oficinas de la Federación.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

1. Estructura:

i. Datos identificativos: NIF/DNI, núm. registro personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen.

ii. Datos relativos a la comisión de infracciones: infracciones administrativas (norma que permite su tratamiento: Ley 10/1990 del Deporte.

iii. Otras categorías de carácter personal: datos de características personales (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, características físicas o antropométricas, formación deportiva).

iv. Datos de circunstancias sociales (pertenencia a clubes, asociaciones, licencias, permisos, autorizaciones).

2. Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

1. Federaciones Territoriales

2. Entidad aseguradora accidente deportivo

3. Entidad organizadora de eventos deportivos

4. Bancos o cajas

5. Consejo Superior de Deportes.

6. Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

7. Entidad sanitaria (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros). (Otros órganos de la comunidad autónoma, clubes deportivos y federaciones, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, entidades aseguradoras, entidades sanitarias.)

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Real Federación Española de Ciclismo.

1. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: C/ Ferraz, núm. 16, planta 5ª Dcha., 28.008 Madrid. España.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Fichero: Árbitros

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1. Identificación del fichero: Árbitros.

2. Finalidad y usos previstos:

i. gestión de árbitros o jueces. (Recursos Humanos [gestión de personal, formación de personal, gestión de nóminas], hacienda y gestión económico-financiera [gestión tributaria y de recaudación, gestión económica y contable], educación y cultura [becas y ayudas a estudiantes, deportes, fomento y apoyo a actividades artísticas y culturales], finalidades varias [concesión y gestión de permisos, licencias y autorizaciones, seguridad y control de acceso a edificios, gestión sancionadora, gestión de estadísticas internas, prestación de servicios de certificación]).

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

1. Colectivo: árbitros o jueces (asociados o miembros, personas de contacto).

2. Procedencia:

Por el propio interesado o su representante legal, o por el club al que se encuentra adscrito (el propio interesado o su representante legal, entidad privada).

Procedimiento de recogida: mediante formulario presentado en las oficinas de la Federación.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

1. Estructura:

i. Datos identificativos: NIF/DNI, núm. SS/mutualidad, núm. registro personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen.

ii. Datos relativos a la comisión de infracciones: infracciones administrativas (norma que permite su tratamiento: Ley 10/1990.

iii. Otras categorías de carácter personal:

1. Datos de características personales (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad)

2. Datos de circunstancias sociales (pertenencia a clubes, asociaciones, licencias, permisos, autorizaciones)

3. Datos académicos y profesionales (formación, titulaciones)

4. Datos económico-financieros y de seguros (datos bancarios)

5. Datos de transacciones (bienes y servicios suministrados por el afectado, compensaciones/indemnizaciones)

2. Sistema de tratamiento: fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

1. Federaciones Territoriales

2. Consejo Superior de Deportes.

3. Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

4. Bancos o cajas

5. Agencia Estatal de Administración Tributaria

6. Clubes y asociaciones deportivas (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros.) (Hacienda pública y administración tributaria, otros órganos de la comunidad autónoma, clubes deportivos y federaciones, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, entidades aseguradoras, entidades sanitarias.)

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Real Federación Española de Ciclismo.

1. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: C/ Ferraz, núm. 16, planta 5ª Dcha., 28.008 Madrid. España.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Fichero: Competiciones Deportivas

g) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1. Identificación del fichero: Competiciones Deportivas.

2. Finalidad y usos previstos:

i. Gestión de las Competiciones Deportivas; (Recursos Humanos [gestión de personal, formación de personal, gestión de nóminas], hacienda y gestión económico-financiera [gestión tributaria y de recaudación, gestión económica y contable], finalidades varias [concesión y gestión de permisos, licencias y autorizaciones, seguridad y control de acceso a edificios, gestión sancionadora, gestión de estadísticas internas, prestación de servicios de certificación]).

h) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

1. Colectivo: Deportistas Federados, árbitros o jueces (asociados o miembros, personas de contacto).

2. Procedencia:

Por el propio interesado o su representante legal, o por el club al que se encuentra adscrito (el propio interesado o su representante legal, entidad privada).

Procedimiento de recogida: mediante formulario presentado en las oficinas de la Federación.

i) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

1. Estructura:

i. Datos identificativos: NIF/DNI, núm. SS/mutualidad, núm. registro personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen.

ii. Datos relativos a la comisión de infracciones: infracciones administrativas (norma que permite su tratamiento: Ley 10/1990.

iii. Otras categorías de carácter personal:

1. Datos de características personales (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad)

2. Datos de circunstancias sociales (pertenencia a clubes, asociaciones, licencias, permisos, autorizaciones)

3. Datos académicos y profesionales (formación, titulaciones)

4. Datos económico-financieros y de seguros (datos bancarios)

5. Datos de transacciones (bienes y servicios suministrados por el afectado, compensaciones/indemnizaciones)

2. Sistema de tratamiento: fichero automatizado.

j) Comunicaciones de los datos previstas:

1. Federaciones Territoriales

2. Consejo Superior de Deportes.

3. Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

4. Bancos o cajas

5. Agencia Estatal de Administración Tributaria

6. Clubes y asociaciones deportivas (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros.) (Hacienda pública y administración tributaria, otros órganos de la comunidad autónoma, clubes deportivos y federaciones, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, entidades aseguradoras, entidades sanitarias.)

k) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

l) Órganos responsables del fichero: Real Federación Española de Ciclismo.

1. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: C/ Ferraz, núm. 16, planta 5ª Dcha., 28.008 Madrid. España.

i) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Madrid, 1 de abril de 2016.- Secretario General.

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