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Documento BOE-B-2016-59921

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 24 de noviembre de 2016, páginas 73391 a 73391 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-59921

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos del Concurso de Acreedores núm. 000014/2010, habiéndose dictado en fecha 17/04/2015 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del Concurso Ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000014/2010, promovido por el Procurador Sr/a Estrella Caridad Vilas Loredo, en nombre y representación de la Mercantil EASYTAB, S.L., y el archivo de la presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda disponer el cese de la administración concursal, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declara la extinción de la mercantil EASYTAB, S.L., con domicilio en Enguera (Valencia ), calle Fuente Cañez, n.º 2, con numero de CIF B96904347, inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Valencia, al tomo 6419, libro 3724, folio 144, hoja V67491, inscripción 1.ª, y procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción de los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 30 de diciembre de 2014.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda de R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamiento que se entregarán a la Procuradora de la concursada a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución deberá presentarse en la Secretaría de este Juzgado acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos

Llévese el original al Libro de Autos definitivos dejando copia testimoniada en autos e igualmente llévese testimonio de esta resolución al Sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Valencia, 22 de febrero de 2016.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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