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Documento BOE-B-2016-59853

SALA DE LO SOCIAL

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 24 de noviembre de 2016, páginas 73323 a 73323 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
AUDIENCIA NACIONAL
Referencia:
BOE-B-2016-59853

TEXTO

Dª Marta Jaureguizar Serrano, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en autos registrados bajo el número 177/2016 de Oficio de la Autoridad Laboral seguidos a instancia de Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social frente a Bronces Gifer, SL y otros, ha acordado publicar la Sentencia dictada por la Sala cuyo fallo literal es el siguiente:

"Estimamos la demanda de oficio, promovida por la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a la que se adhirieron D. Francisco Eugenio Castillo García, Dª Victoria Chover Lucas, Dª María Isabel Conejos Gil, Dª Raquel de la Llana Alamar, Dª Verónica Gil Navarro, D. Francisco Real Leiva, Dª María Amparo Arnaiz Huelamo, Dª Jessica Anguita Méndez Dª Cristina Aguilera Del Rey, D. Francisco Mora Martínez, Dª Pilar Montoya Ortiz, D. Jose Manuel Hidalgo Revelles, D. Francisco Lara Perales; D. Ramón Sánchez Bermejo, D. Antonio Sánchez Larrey, D. Santiago Vizcaíno Vizcaíno, Dª Mª Del Carmen Selvi Pérez, Dª Dolores Martínez Martínez, Dª Cristina Pascual Mendoza, D. Francisco Javier López Jiménez, Dª Maria Molina Panadero, Dª Pilar Carrascosa Villanueva, D. Juan Manuel Gómez Vela, Dª Nuria Pastor Arboleda, D. Alejandro Rosell Escrivà, D. Antonio Javier Valderrama Palacios, D. Carlos Javier Colomer Lluch, D. Sebastián Rubio Redondo, por lo que anulamos el acuerdo alcanzado el 13-04-2011 en el período de consultas del expediente de regulación de empleo 149/11 a todos los efectos legales oportunos, por lo que condenamos solidariamente a Bronces Gifer, SL, Gifer Internacional, SL; Elementos Técnicos, SLU, Grupo Alalo, SL y a Dª Ana Mª Añon Timoneda, Dª Pilar Bleda García, Dª Desamparados del Olmo Lázaro, Dª Beatriz Elena Gimeno Antón, Dª Pilar Jurado Tejana, y D. José Mariz Fenández y a la Dirección General de Trabajo y Bienestar Social de la Comunidad Valenciana, a estar y pasar por la nulidad del acuerdo impugnado a los efectos que procedan.

Se condena, así mismo, en su calidad de administradores concursales a administradores concursales de Bronces Gifer, S.L. don Miguel Sandalinas Collado, don José Enrique Contell García y Banco CAM SAU; a MIR Abogados y Asesores, SLP, en su calidad de administradores concursales de Elementos Técnicos, SLU, y a don Enrique Contell García y don Miguel Sandalinas Collado, en su calidad de administradores concursales de Grupo Alalo, S.L., a estar y pasar por lo resuelto en la presente sentencia a los efectos legales oportunos."

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dª Ana Mª Añon Timoneda y Dª Beatriz Elena Gimeno Antón se inserta en el BOE, con la advertencia de que las sucesivas notificaciones se harán en estrados, salvo en los casos establecidos en el artículo 59 de la L.R.J.S.

Madrid, 14 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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