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Documento BOE-B-2016-58702

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 19 de noviembre de 2016, páginas 71949 a 71949 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-58702

TEXTO

Edicto.

Letrado de la Adm. de Justicia don José Vela Pérez del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 848/2013, por sentencia de fecha 05/04/2016 se ha aprobado con los efectos y alcance legalmente previstos, el convenio propuesto por la concursada Fernando fernandez Soto con D.N.I. 46028790V, acordándose el cese de los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes que el artículo 42 de la Ley Concursal imporne al deudor, y cesando la administración concursal en sus funciones de intervención sobre la administración y disposición de los bienes y derechos del mismo.

Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo dispone del término de diez días para comparecer en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Contra la referida resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Barcelona, 1 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justícia.

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