Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-58700

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 19 de noviembre de 2016, páginas 71947 a 71947 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-58700

TEXTO

Edicto

Doña LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000252/2016, se ha dictado en fecha 15-11-2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor UNIÓN GESTORA EXTREMEÑA, S.L., con CIF B-06513055, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. Ricardo Carapeto Zambrano, 9, de Badajoz.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. FERNANDO JOSÉ ALEJANDRE MONTERRUBIO, en su condición de Letrado, con domicilio profesional en Avda. de Extremadura, núm. 27, 06920 Azuaga, y dirección electrónica señalada abogado@alejandreasesores.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

Badajoz, 16 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid