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Documento BOE-B-2016-57212

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2016, páginas 70221 a 70221 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-57212

TEXTO

Edicto

Dª. Lucía Peces Gómez, letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 208/2016, se ha dictado en fecha 2 de noviembre de 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario Abreviado del deudor Alue Go Extremadura Nuevas Tecnologías, S.L., con CIF nº B06489587, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plaza España, 9, 1ª planta s/n Badajoz.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a FOROIBERICONCURSAL SLP con domicilio postal en Calle Santa Eulalia, núm. 32 3.ª planta y dirección electrónica ventura.ibericoncursal@gmail.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

5º.- Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación se declara disuelta la Mercantil Alue Go Extremadura Nuevas Tecnologías, S.L., con CIF nº B06489587, se dará traslado a todos los acreedores del Plan de Liquidación a disposición en la Secretaria de este Juzgado y que fue presentado por la concursada para que puedan realizar sus alegaciones por plazo de diez días, de conformidad con lo establecido en el art. 191 ter de la L. Concursal.

6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 10 de noviembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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