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Documento BOE-B-2016-572

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2016, páginas 778 a 778 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-572

TEXTO

Letrado de la Administración de Justicia D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 900/2015-B se ha declarado, mediante auto de fecha 24 de noviembre de 2015, el concurso voluntario de Berivan 2006, S.L., con N.I.F. B-64405855, y domicilio en C/ La Masía, n.º 28, de Odena (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D Christian Herrera Petrus, Abogado, por medio de escrito que se presentará personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Vía Augusta, n.º 4, planta 6.ª, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursal2@herrera-advocats.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 24 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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