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Documento BOE-B-2016-56611

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 12 de noviembre de 2016, páginas 69565 a 69565 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-56611

TEXTO

Doña MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado bajo el n.º 661/2006 en los que se ha dictado Auto en fecha veintidós de septiembre de dos mil dieciséis, acordando:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sr. Marcos Moreno, en nombre y representación de SAITEK MADRID, S.L., con CIF B84337146.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor SAITEK MADRID, S.L.; se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capitulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.

3. El deudor SAITEK MADRID, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.° del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a. Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b. Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.

c. Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.

Madrid, 22 de septiembre de 2016.- EL Letrado/a de la Administración de Justicia.

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