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Documento BOE-B-2016-54829

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 3 de noviembre de 2016, páginas 67436 a 67436 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-54829

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 434.02/2016 por auto de fecha 27 de julio de 2016, se ha declarado en concurso voluntario al deudor OBRASCONDE, S.L.U., y con CIF B- 93240117, domicilio en Málaga, calle Almanzora, n.º 8, 2.º, centro de principales intereses.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra D. JAVIER ARQUERO MOTA, provisto de DNI 74727563B, que lo hace en nombre y representación de ARQUERO ROMERO ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL, con CIF J93444040, según escritura otorgada en fecha 3 de junio de 2016, ante el Notario de Marbella, D. Juan Luis Gómez Olivares, número de protocolo mil veintitrés, designándose a sí mismo como persona física que acepta el cargo de administrador concursal, con domicilio y dirección postal en Avd. José Manuel del Vallés, n.º 30, bloque 2, portal 1, 4.º A de Marbella (Málaga), tfno.: 669678403, y con dirección de correo electrónico concurso.obrasconde@gmail.com, que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 14 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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