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Documento BOE-B-2016-54657

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 2 de noviembre de 2016, páginas 67172 a 67172 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-54657

TEXTO

Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 533.16 y NIG n.º 07040 47 1 2016 0000826 se ha dictado en fecha 27 de octubre de 2016, auto de declaración de concurso voluntario ordinario de los deudores: Chiwan Servicios, S.L., CIF B-57026171, domicilio carretera de Palma a Inca (aeródromo de San Bonet) Marratxi.

2.º-Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º-Que ha sido nombrado como Administradora concursal la entidad JAB SYSTEM AUDITORS, quien en fecha 27 de octubre de 2016 ha aceptado el cargo.

4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal: Calle O´Donnell, 30 1-A, 28009, o a través del correo electrónico: concursal1@cyoauditores.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 27 de octubre de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.

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