El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena, en su sesión de 26 de septiembre de 2016, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, Letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar concesión administrativa a la "Cofradía de Pescadores de Cartagena" para la "Ocupación de Superficie con destino a la reparación de las embarcaciones afiliadas en la Dársena de Cartagena", por un plazo de diez (10) años, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie de dominio público otorgado: 200 metros cuadrados de terreno en superficie en la Dársena de Cartagena.
B) Tasas año 2016:
b.1) Tasa por ocupación privativa de dominio público: 403 €./año.
b.2) Tasa actividad industrial: 80,60 €./año.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 21 de octubre de 2016.- El Director General, Fermín Rol Rol.
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