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Documento BOE-B-2016-52948

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 27 de octubre de 2016, páginas 65231 a 65231 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-52948

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento numero 231/2016, con NIG 2906742M20160000447, por auto de 04/05/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Mercado de la Malagueta, S.L., con CIF B en CL 93303048, con domicilio en C/ Alcalde Bernardo Meléndez, n.º 15, pol. industrial El Viso, CP 29021 Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.

2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso y a petición del deudor se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso

3.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal

4.º Que se ha declarado disuelta la concursada Mercado de la Malagueta, S.L.P., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal

5.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC.A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido ALEJANDRO BENGIO ASESORES FINANCIEROS Y TRIBUTARIOS, S.L.P., y en su representación D. CARLOS BENGIO CASTRO-NUÑO, Abogado y Economista, con domicilio postal en plaza del Obispo, n.º 3, 1.º K, CP 29015 Málaga, dirección electrónica:mercadodelamalagueta@bengioyasociados.com y con numero de teléfono 952215734 y fax 952223010.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (art. 184.3 LC).

Málaga, 6 de mayo de 2016.- El/la Letrada de la Administración de Justicia.

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