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Documento BOE-B-2016-49248

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 11 de octubre de 2016, páginas 60784 a 60784 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-49248

TEXTO

Edicto

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000183/2016, seguido a instancias del Procurador D. Pedro Servera Carreras, en nombre y representación de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., con CIF, n.º B35688118, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado..

Se designan como Administradores del concurso a: D. Juan Manuel Riera Casadevall, DNI 40.263.912C como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Chopín, número 22, y código postal 35005, Las Palmas, teléfono 928.20.91.75 y Fax 928.20.91.42, así como dirección electrónica juanmanuel@rieraasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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