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Documento BOE-B-2016-48390

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 8 de octubre de 2016, páginas 59646 a 59646 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-48390

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

Hago saber: Que en los Autos de Sección VI Calificación 581/2011, seguidos en este Juzgado, se ha dictado Sentencia 84/2015, de 30 de abril, que ha adquirido firmeza el 19 de enero de 2016, tras ser apelada y confirmada por el órgano judicial de segunda instancia, que en extracto dispone:

1.º La calificación del concurso de Hormigones Vigo, S.A., con CIF A-36062156, como culpable, por concurrencia de las conductas incardinadas en los artículos 164.2.1.º y 165.1 de la LC.

2.º La declaración de que don Jorge Cuevas Álvarez, con DNI 35549315-D, como Administrador de derecho de dicha entidad, tiene la condición de persona afectada por la calificación.

3.º La condena a don Jorge Cuevas Álvarez a diez años de inhabilitación para administrar los bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período; a abonar a los acreedores concursales y contra la masa la totalidad de lo que no perciban en la liquidación de la masa activa; y a la pérdida de cualquier derecho que tenga como acreedor concursal o de la masa.

Vigo, 8 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia,

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