Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia:
Primero.- Que en el concurso voluntario y ordinario número 700/08-C, seguido frente al deudor "Arnisal Siglo XXI, S.L.", con CIF B50841469, se ha dictado el 14/07/2016 sentencia 187/2016, que es firme, desestimando demanda de oposición a la conclusión instada por la entidad Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A.
Segundo.- En dicha sentencia, se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa aprobando la rendición de cuentas presentada y el archivo de las actuaciones, igualmente se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, produciéndose los efectos del artículo 178 de la LC respecto a la extinción de la sociedad, con la pertinente eficacia registral.
Tercero.- En dicha sentencia se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado.
Zaragoza, 26 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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