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Documento BOE-B-2016-47635

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2016, páginas 58799 a 58799 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-47635

TEXTO

Edicto

Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 212/2016, seguido a instancias del Procuradora Dña. Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de Arcas 91, S.L.U., se ha dictado Auto el día 14/09/2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Arcas 91, S.L.U., con CIF n.º B-35878248, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Se designa como Administrador del concurso a: D. Manuel Wood Valdivielso, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avda. de Canarias, n.º 8, planta baja, Edificio Tucán, 35002 de Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono y Fax: 928-91-85-90 y correo electrónico concursoarcas91@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; El deudor queda suspendido en las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituido en el ejercicio de éstas por la administración concursal.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez.-Doña Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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