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Documento BOE-B-2016-45721

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2016, páginas 56582 a 56582 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-45721

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000133/2016, seguido a instancias del Procurador José Lorenzo Hernández Peñate, en nombre y representación de Mim Producciones S.L., se ha dictado Auto el día 23 de mayo de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Mim Producciones S.L. con CIF, n.º B35694777, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designa como Administrador del concurso a: Francisco Gabriel Hernández García, con DNI 43278475-L, como economista, con domicilio postal en en c/ Poetisa Pino Blanco Jardín n.º 11, 4.º-D en Telde. Teléfono y Fax: 928-69-61-69, correo electrónico gabrielhernandez@economistas.org.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 L.C.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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